El régimen estará disponible desde el 3 de febrero hasta el 30 de abril de 2025 a través del portal web de ARCA. Permite financiar deudas en plazos de 18 a 48 cuotas, según el tipo de contribuyente y la obligación tributaria adeudada.
A fines de 2024, el Ministerio de Economía emitió la Resolución 1445/2024, que prorrogó la suspensión de juicios de ejecución fiscal solo para entidades sin fines de lucro y el sector salud. Esta decisión dejó fuera a las Pymes, que desde enero de 2024 estaban protegidas por la medida.
Desde ahora, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) podrá iniciar juicios de ejecución fiscal y aplicar embargos en cuentas bancarias para garantizar el cobro de deudas.
Para mitigar el impacto de esta medida y evitar un aluvión de embargos sobre las Pymes, el organismo recaudador estableció un régimen especial de facilidades de pago mediante la Resolución General 5629/2024. Su objetivo es permitir la regularización de obligaciones tributarias vencidas hasta el 31 de diciembre de 2024.
Cabe destacar que enero es un mes de feria fiscal, coincidiendo con la feria judicial. Durante este período se suspenden las acciones de ejecución, por lo que es clave que los contribuyentes aprovechen el tiempo para definir estrategias de regularización.
La adhesión al plan estará disponible entre el 3 de febrero y el 30 de abril de 2025 a través del portal de ARCA. La financiación se extiende de 18 a 48 cuotas, dependiendo del tipo de deuda y contribuyente. Solo podrán acceder al plan las Pymes registradas en el “Sistema Registral” al momento de la consolidación del plan.
Las tasas de financiamiento serán fijas y variarán según el tipo de contribuyente:
–Pequeños contribuyentes, micro y pequeñas empresas, entidades sin fines de lucro y sector salud: 25% de la tasa de interés resarcitorio vigente.
–Empresas Medianas (Tramos 1 y 2): 40% de la misma tasa.
Actualmente, la tasa de interés resarcitorio es del 7.47% mensual, lo que representa una tasa del 1.86% mensual para pequeños contribuyentes y del 2.99% para medianos. No obstante, esta tasa se actualizará en febrero conforme al esquema bimestral del fisco, basado en la tasa de descubiertos en cuenta corriente del Banco Nación al 20 de enero de 2025.
Detalles del esquema de pago
–Obligaciones Impositivas y de Recursos de la Seguridad Social (excepto retenciones y percepciones)
–Tipo de Contribuyente
–Cuotas
–Tasa de Financiamiento
–Pago a Cuenta
–Pequeños contribuyentes, micro y pequeñas empresas, entidades sin fines de lucro y sector salud
–1 a 48
–25% de la tasa de interés resarcitorio
–Sin pago a cuenta
Empresas Medianas – Tramos 1 y 2
–1 a 36
–40% de la tasa de interés resarcitorio
Sin pago a cuenta
–Retenciones y Percepciones Impositivas
–Tipo de Contribuyente
–Cuotas
–Tasa de Financiamiento
–Pago a Cuenta
–Pequeños contribuyentes, micro y pequeñas empresas, entidades sin fines de lucro y sector salud
–1 a 24
–25% de la tasa de interés resarcitorio
Sin pago a cuenta
Empresas Medianas – Tramos 1 y 2
–1 a 18
–40% de la tasa de interés resarcitorio
Sin pago a cuenta
Este régimen especial representa una herramienta clave para que las Pymes puedan normalizar su situación fiscal y evitar posibles embargos bancarios. Es fundamental que los contribuyentes utilicen la feria fiscal para organizar su planificación financiera y acceder al beneficio dentro del plazo establecido.
