El Gobierno nacional dio un paso clave en su estrategia para transformar el potencial gasífero de Vaca Muerta en divisas: reglamentó el régimen que permitirá autorizar exportaciones de Gas Natural Licuado (GNL) por hasta 30 años, un plazo largamente reclamado por los actores del sector para motorizar inversiones de gran escala.
La medida fue publicada el 4 de abril en el Boletín Oficial mediante la Resolución 145/2025 de la Secretaría de Energía. El texto establece los requisitos y procedimientos que deberán cumplir las compañías interesadas en construir plantas de licuefacción y desarrollar cadenas de comercialización internacional desde la Cuenca Neuquina.
Previsibilidad para grandes inversiones
El abogado especialista en derecho energético, Juan José Carbajales, destacó que se trata de un avance normativo sustancial que brinda certidumbre a proyectos con horizontes de largo plazo. En esa categoría entran, entre otros, el proyecto Arg LNG que impulsan YPF y Petronas, y la unidad flotante de licuefacción (FLNG) que montarán PAE y Golar con el buque Hilli Episeyo.
Qué exige la reglamentación
Para acceder a la autorización de exportación, las empresas deberán presentar una notificación formal ante la Subsecretaría de Combustibles Líquidos, que emitirá un Certificado de Libre Exportación de GNL si se cumplen los siguientes puntos:
–Acreditar reservas certificadas (P1, P2 y P3) propias o respaldadas por contratos de terceros, con capacidad comercial mínima de cinco años.
–Detallar proyecciones anuales de reservas.
–Informar los volúmenes máximos diarios, mensuales y anuales a exportar.
–Solicitar eventualmente la adhesión al Régimen de Incentivo a las Grandes Inversiones (RIGI).
–Fundamentar el proyecto desde lo técnico, incluyendo localización, infraestructura y financiamiento.
Cláusulas de resguardo para el mercado interno
La normativa también incorpora mecanismos de control. La Secretaría de Energía podrá objetar las exportaciones, total o parcialmente, si detecta falta de gas para cubrir la demanda interna, errores en la documentación presentada o maniobras de dumping en perjuicio del mercado local.
Estas facultades están alineadas con los principios de la Ley de Bases, que exige evaluar la relación entre la producción esperada, las fuentes de abastecimiento y el consumo proyectado en el país.
Autorizaciones por hasta 30 años
Las autorizaciones tendrán carácter firme por un plazo de hasta 30 años desde el inicio operativo de las plantas de licuefacción, sin necesidad de contar previamente con contratos que cubran la totalidad de los volúmenes o los plazos solicitados. El objetivo: destrabar definiciones de inversión en un contexto que exige certezas a largo plazo.
